DIAS QUE CORRESPONDEN A VACACIONES
ARTÍCULO 45.- Los trabajadores de planta disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, de acuerdo con la siguiente escala:
a).- De un año de servicio, siete días laborables.
b).- De dos años de servicio, diez días laborables.
c).- De tres años de servicio, trece días laborables.
d).- De cuatro años de servicio, dieciséis días laborables.
e).- Después de cuatro años, el periodo de vacaciones se aumentará en dos días laborables por cada cinco de servicio.
f).- De cinco a nueve años, dieciocho días laborables.
g).- De diez a catorce años, veinte días laborables.
h).- De quince a diecinueve años, veintidós días laborables.
i).- De veinte a veinticuatro años, veinticuatro días laborables.
j).- De veinticinco a veintinueve años, veintiséis días laborables.
k).- De treinta a treinta y cuatro años, veintiocho días laborables.
l).- De treinta y cinco a treinta y nueve años, treinta días laborables.
m).-De cuarenta a cuarenta y cuatro años, treinta y dos días laborables.
n).- De cuarenta y cinco a cuarenta y nueve años, treinta y cuatro días laborables.
ñ).- De cincuenta a cincuenta y cuatro años, treinta y seis días laborables.
o).- De cincuenta y cinco a cincuenta y nueve años, treinta y ocho días laborables.
p).- De sesenta a sesenta y cuatro años, cuarenta días laborables.
q).- De sesenta y cinco a sesenta y nueve años, cuarenta y dos días laborables.
Los periodos de vacaciones se computarán en semanas de cinco días laborables, con pago de siete días, percibiendo los trabajadores una prima equivalente al 110% (CIENTO DIEZ POR CIENTO) en efectivo, sobre los salarios que les correspondan durante un periodo anual de vacaciones, incluidos sexto y séptimo días. En estos periodos no se considerarán los días de descanso semanal ni los comprendidos en el artículo 40 de este Contrato.
Total de días a disfrutar respecto a Vacaciones tomando en cuenta el criterio de semanas computadas en 5 días con pago de 7 días.
Años laborados |
Días que corresponden respecto al Artículo 45 del contrato Ley. |
Total de días a disfrutar que corresponden con respecto a semanas de 5 días con pago de 7 días a como lo indica el Art. 45 del contrato Ley. |
1 año laborable |
7 |
9 |
2 años laborables | 10 | 14 |
3 años laborables | 13 | 17 |
4 años laborables | 16 | 22 |
de 5 a 9 años laborables | 18 |
24 |
de 10 a 14 años laborables | 20 |
28 |
de 15 a 19 años laborables | 22 |
30 |
de 20 a 24 años laborables | 24 |
32 |
de 25 a 29 años laborables | 26 |
36 |
de 30 a 34 años laborables | 28 |
38 |
de 35 a 39 años laborables | 30 |
42 |
de 40 a 44 años laborables | 32 | 44 |
de 45 a 49 años laborables | 34 |
46 |
de 50 a 54 años laborables | 36 |
50 |
de 55 a 59 años laborables | 38 |
52 |
de 60 a 64 años laborables | 40 |
56 |
de 64 a 69 años laborables | 42 |
58 |